Tras la denuncia pública que nos envió ayer Pedro Retuerto, presidente de la Federación de Boxeo de Castilla y León, y que decidió retirar posteriormente de ESPABOX, la Federación Española de Boxeo nos remite esta nota para su publicación. Hay que recordar que la nota de Pedro Retuerto era una denuncia pública que ya ha efectuado ante la Delegación de Gobierno y ante el Tribunal del Deporte.

Federación Española de Boxeo

Ante la información publicada en varios medios de comunicación, en relación al accidente deportivo ocurrido el pasado 7 de octubre en A Coruña, esta Federación Española de Boxeo, y particularmente su Presidente D. Antonio Martín Galán, quieren mostrar su absoluta repulsa a la denuncia presentada por D. Pedro Retuerto Marqués, y a la publicidad  que determinados medios han hecho de ella.
Es inadmisible la firma de esa denuncia, y su publicación en los medios de comunicación. Se falta deliberadamente a la verdad, y se publica el contenido de la carta sin contrastar información.
Una vez más el afán de protagonismo de determinadas personas, y sus aspiraciones electorales, hacen que se escriban auténticas barbaridades, que no se corresponden con la realidad, generando alarma social en momentos tan delicados.
El artículo 20 de la Constitución Española consagra diversos derechos y libertades entre los que están los derechos o libertades de expresión (a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción) y de información (a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión).
A la vez dispone en este mismo artículo que estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en el Título I, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
Se exige que la libertad de información (información activa) y su reverso, el derecho de información (información pasiva), versen sobre información veraz, entendiendo esta como la necesidad de veracidad subjetiva, es decir que el informante haya actuado con diligencia contrastando la información de forma adecuada a las características de la noticia y a los medios disponibles.
La publicación de esa información conlleva la tipificación delictiva de determinadas informaciones falsas, sin perjuicio del derecho de réplica que nos asiste. Esta Federación depurará la responsabilidad criminal en que se pueda haber incurrido por firmarlos y difundirlos.
Por esta vía exigimos la rectificación de la información,  tanto del firmante como de los medios que la publican, en las mismas condiciones que han publicado esas falsedades, y que tanto dañan a la imagen de la Federación, del Boxeo en general, y del actual presidente federativo,   sin perjuicio de que se inicien las acciones legales oportunas.