En relación a la noticia sobre la sanción al boxeador D. Cristian Rodríguez Rodríguez, el Comité de Boxeo Profesional quiere realizar las siguientes matizaciones al respecto:

– El control que desveló el positivo fue tomado la noche de la disputa del Campeonato de España supergallo, acaecido en el Casino Gran Madrid de Torrelodones el 9 de Abril del pasado año.

– El nuevo Comité de Boxeo Profesional encontró el tema sobre la mesa y ha intentado zanjarlo de la manera más rápida posible, colaborando con AEPSAD (Agencia Española para la Protección de la Salud en el Deporte).

– Quien sanciona al boxeador es AEPSAD, no la Federación. La Federación lo comunica a los entes u organismos pertinentes y procede a hacer efectiva la retirada de licencia federativa durante los 14 meses previstos, como establece el expediente sancionador.

– El Comité de Boxeo Profesional tiene constancia de la sanción el día 14 de Febrero, que es cuando la misma tiene entrada en la Federación.

– Como expone el expediente sancionador, y creemos que también es justo que se mencione, el boxeador D. Cristian Rodríguez Rodríguez ha reconocido sus errores y ha colaborado en todo momento con las autoridades, siendo sancionado por “negligencia en el cumplimiento de las obligaciones que sujetan a todo deportista que ingiere una sustancia prohibida con un propósito distinto del de mejorar el rendimiento deportivo, que es la de solicitar la debida autorización de uso terapéutico, incluso con carácter retroactivo si se dieran las circunstancias para ello, como es en el presente caso”.